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Eduardo Néstor Cirille

El autor analiza la Ley de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires. Señala tensiones en su texto y con el resto del plexo normativo, proponiendo alternativas de lege ferenda. Puntualiza la existencia de un nuevo paradigma de intervención de la defensa pública. Previene sobre el límite constitucional sancionatorio del Jurado de Enjuiciamiento y la potestad disciplinaria de la Suprema Corte de Justicia. Menciona obstáculos para que la víctima/denunciante acceda al órgano receptor de las denuncias. Hace referencia a la irrazonabilidad del tiempo que insume la tramitación de los procesos. Cuestiona la oportunidad en que se dicta la medida suspensiva en los delitos dolosos ajenos a la función, y la no inclusión de los delitos culposos. Se pronuncia respecto de la forma y modo en que se regulan los honorarios profesionales. Alude a una conformación del Jurado de Enjuiciamiento con representación de las minorías parlamentarias y con perspectiva de género. Plantea la inconstitucionalidad de medidas cautelares y de la accesoria de inhabilitación. En definitiva, aporta temas o cuestiones que entiende deben ser debatidas con la finalidad de arribar a un cuerpo normativo específico del Jury de Enjuiciamiento, adecuar la legislación con la que se complementa y enunciar los principios que lo regirán.





